Disposiciones generales:
A – Considerando que el dicho de que “en el amor y en la guerra todo vale” es completamente verdadero;
B
– Considerando que en lo relativo a la guerra contamos con la
Convención de Ginebra, adoptada el 22 de agosto de 1864, que determina
cómo debe tratarse a los heridos en el campo de batalla, mientras que
hasta hoy no se ha promulgado ningún documento que regule la situación
de los heridos de amor, muy superiores en número;
Se decreta que:
Art. 1 –
Todos los amantes, independientemente de cuál sea su sexo, quedan
advertidos de que el amor, además de ser una bendición, también es algo
extremadamente peligroso, imprevisible, que puede acarrear serios
daños. Por lo tanto, quien tenga la intención de amar, debe ser
consciente de que está exponiendo su cuerpo y su alma a heridas de muy
diferentes tipos, sin poder culpar por ello a su pareja en ningún
momento, puesto que ambos corren el mismo riesgo.
Art. 2 –
Una vez alcanzado por una flecha del arco ciego de Cupido, debe
solicitarse inmediatamente al arquero que dispare la misma flecha en la
dirección opuesta, con el objeto de no sufrir la herida conocida como
“amor no correspondido”. En el caso de que Cupido se niegue a hacerlo,
la Convención que en estos momentos se promulga exige del herido que de
manera inmediata se arranque la flecha del corazón y la tire a la
basura. Para llevar esto a buen puerto, debe evitar llamadas
telefónicas, mensajes de correo electrónico, envíos de flores (siempre
rechazadas), o cualquier otra forma de seducción, pues semejantes
medios, si bien pueden dar algún resultado positivo a corto plazo, no
resisten el paso del tiempo. La Convención decreta asimismo que el
herido debe buscar sin falta la compañía de otras personas, así como
debe imponerse al pensamiento obsesivo que le dice “vale la pena luchar
por esta persona”.
Art. 3 – En el caso
de que la herida provenga de un tercero, es decir, que el ser amado se
sienta atraído por alguien que no estaba a priori en el guión, queda
expresamente prohibida la venganza. En este caso, se permite el uso de
lágrimas hasta que los ojos se sequen, así como algunos puñetazos en la
pared o en la almohada, o reuniones con amigos donde poder insultar a
gusto al antiguo(a) compañero(a), incidiendo en su perfecta falta de
gusto, pero sin llegar a difamar su honra. La Convención determina que
también se aplique en este caso la regla del Art. 2 que mueve a buscar
la compañía de otras amistades, sólo que evitando en la medida de lo
posible los lugares que la otra persona frecuenta.
Art. 4 –
En lesiones leves, clasificadas aquí como pequeñas traiciones,
pasiones fulminantes que no duran mucho, o desinterés sexual pasajero,
debe aplicarse con generosidad y rapidez el medicamento llamado Perdón.
Una vez aplicada tal medicina, no se debe volver atrás bajo ninguna
circunstancia, y el asunto debe ser definitivamente olvidado, no
utilizándolo jamás como argumento en una discusión o en momento de
odio.
Art. 5 – En todas las heridas
definitivas, también conocidas como “rupturas”, el único medicamento
que tiene algún efecto se llama Tiempo. De nada sirve buscar consuelo
en cartomantes (que siempre prometen el regreso del amor perdido), leer
libros románticos (que siempre acaban bien), engancharse a una
telenovela o cosas por el estilo. Se debe sufrir con intensidad,
evitando radicalmente las drogas, los calmantes o las oraciones a los
santos. En cuanto al alcohol, sólo serán permitidos dos vasos de vino
diarios.
Consideraciones finales
Los
heridos por el amor, al contrario de los heridos en conflictos
armados, no son víctimas ni verdugos. Optaron por algo que forma parte
de la vida, y deben asumir, por consiguiente, la agonía y el éxtasis de
su elección.
Y los que jamás fueron heridos por el amor, nunca podrán decir: “he vivido”. Porque no vivieron.
Paulo Coelho.